jueves, 5 de noviembre de 2009

Reembarque

Es la modalidad de exportación que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación. No podrá autorizarse el reembarque de substancias químicas controladas por el Consejo Nacional de Estupefacientes. En esta modalidad puede darse el caso de traer un producto del exterior, pero no coincidir con las características del producto así que se reenvía nuevamente al pais de origen o a otro pais donde pueda ser utilizado.

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