martes, 5 de mayo de 2009

¿Quiénes están obligados a obtener tener el RUT?


Según la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), los siguientes:



  • Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta.


  • Las personas y entidades no contribuyentes, y que son declarantes de ingreso y patrimonio.

  • Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regimenes común o simplificado.

  • Los importadores y exportadores.

  • Las demás personas natirales o juridicas que participen en las operaciones de importación, exportación y transito aduanero.

  • Los demás profecionales en compra y venta de divisas, las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición del NIT (Número de Identificación Tributaria). Cuando por disposiciones especiales esten obligados a expedir una factura.

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